- Cultivos, impresión y artes gráficas, carpintería metálica, fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado o instalación de carpintería, comercio al por menor no especializados, tiendas con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco comercio o panaderías, confiterías y pastelerías, agencias de publicidad, actividades odontológicas, peluquería y otros tratamientos de belleza.
La suspensión es durante seis meses sin intereses de las cuotas de mayo, junio y julio
Las empresas deben solicitar la moratoria entre el 1 y 10 del mes