El Parlamento Europeo ha aprobado la Directiva sobre Insolvencia empresarial que armoniza los marcos de reestructuración preventiva; la segunda oportunidad para los empresarios; y medidas para aumentar la eficacia de los procedimientos de condonación, insolvencia y reestructuración.

Los Estados miembros cuentan con un plazo de tres años desde la publicación de la norma en el Diario Oficial de la Unón Europea (Doue) para transponerla a sus sistemas legislativos.

Creación de empleo

La Comisión Europea estima que ofrecer una auténtica segunda oportunidad a los empresarios para retomar su actividad crearía tres millones de puestos de trabajo en la UE, teniendo en cuenta que hay 200.000 empresas en concurso de acreedores cada año (o 600 al día), lo que se traduce en la pérdida de 1,7 millones puestos de trabajo directos.

Entre las principales novedades de la Directiva, destaca que las empresas en dificultades financieras, sobre todo las pymes, tendrán acceso a mecanismos de alerta rápida para detectar posibles deterioros de la situación de la empresa, y garantizar la reestructuración en una fase temprana, así como crear marcos de reestructuración preventivos y flexibles que simplifiquen los largos, complejos y costosos procedimientos judiciales.

La Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac) presenta su Código de Buenas Prácticas regulatorio

Además, los acreedores y los accionistas minoritarios disconformes no podrán bloquear los planes de reestructuración, pero se protegerán sus intereses legítimos.

Además, la formación y la especialización de los profesionales del Derecho y los tribunales, y el uso de la tecnología en línea -por ejemplo, presentación de reclamaciones, notificaciones a acreedores-, mejorarán la eficiencia y la duración de los procedimientos de insolvencia, reestructuración y concesión de una segunda oportunidad.

Coincidiendo con la aprobación de esta normativa, la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac) ha presentado un Código de Buenas Prácticas, que según señalaba ayer José Amérigo, secretario general técnico del Ministerio de Justicia, “va a incluir una serie de reglas de actuación, que enlazan con la Directiva de insolvencia, y unos mensajes de autorregulación que se complementan también con la nueva norma de la UE y que impulsan la formación y la competencia profesionales de los administradores concursales”.

Amérigo lamentó que no vaya a ser posible la aprobación del texto refundido de la Ley Concursal, que se halla en fase de información pública, hasta que lo decida el Gobierno que se forme, tras las próximas elecciones generales.

Diego Comendador, presidente de Aspac, explicaba que “con este documento no se pretende sustituir el buen criterio del legislador, sino adoptar una actitud proactiva en búsqueda de la excelencia y en beneficio de deudores, acreedores, órganos jurisdiccionales y demás agentes implicados en los procedimientos concursales”.

El Código de Buen Gobierno, el primero que se aprueba en España, consta de 26 puntos, bajo los principios fundamentales de: integridad, objetividad e independencia, competencia profesional y deber de cuidado, confidencialidad, y comportamiento profesional.

Marta Flores, autora del Código, destacó medidas como que el administrador concursal se compromete a abstenerse de influir en las decisiones de nombramiento de los jueces de lo mercantil, una de las actuaciones más criticadas hoy en día.

Fuente: elEconomista.es

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