Una de las novedades más importantes de la reforma es que impondrá este sistema de resolución en materias como las negligencias profesionales y en las reclamaciones inferiores a 2.000 euros.

El colapso de la Justicia y la lentitud de la misma es una de las razones por las que la UE y el Gobierno español llevan años tratando de impulsar la mediación en nuestro territorio. Esta novedad antigua, como la define José Amérigo Alonso, secretario general técnico del Ministerio de Justicia, puede convertirse frente a ciertos asuntos en una solución flexible, ágil y económicamente interesante.

Según el experto, que ve este sistema como el mejor instrumento para mantener las relaciones de las partes enfrentadas en un conflicto, es necesario dar un paso adelante para tratar de promover la cultura de la mediación en nuestro país. “La Ley 5/2012, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles no ha conseguido los objetivos que se había fijado y, por esa razón, el Gobierno ha decidido desarrollar el anteproyecto de ley de impulso de la mediación”, explicó Alonso en una jornada informativa que tuvo lugar en el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE).

Para el secretario general técnico de Justicia es esencial que, con este cambio normativo, se supere el vigente modelo de mediación exclusivamente voluntario y que, a través de esta herramienta, se desjudicialicen determinados asuntos de derecho privado. Todo esto, aseguró Alonso, tendrá una consecuencia: se conseguirá descongestionar la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales.

El anteproyecto de ley, que debería entrar en vigor dentro de tres años, una vez aprobada, pretende dar un impulso definitivo a la mediación en el ámbito civil. Sin embargo, esta reforma también implicará la modificación de normativas importantes como la de Asistencia Jurídica Gratuita, la de Enjuiciamiento Civil, así como la de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.

Cambios normativos

Obligatoriedad

Según sintetizó el secretario general técnico del Ministerio de Justicia, la mediación será obligatoria en los casos de responsabilidad por negligencia profesional; en las sucesiones; en la división judicial de patrimonios; en los conflictos entre socios; en las disputas relacionadas con la propiedad horizontal y comunidades de bienes; en los contratos de distribución; en las reclamaciones de cantidad entre personas físicas inferiores a 2.000 euros; y en los asuntos de protección de los derecho al honor, la intimidad o la propia imagen, entre otros.

Falta de cultura en Europa

Alonso destacó la falta de cultura de mediación que existe en el Viejo Continente y lo ilustró al citar un estudio elaborado por la UE que muestra que en 19 de los 28 Estados miembros -entre otros, España- sólo se realizan 2.000 mediaciones al año.

Fuente: Expansion

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